El Consejo de Gobierno aprueba un decreto de aplicación relativo al SMO y al régimen de pensiones de los dentistas
El Consejo de Gobierno, reunido el jueves en Rabat, bajo la presidencia del Jefe de Gobierno, Aziz Akhannouch, ha aprobado el proyecto de decreto n°2.21.529 relativo a la aplicación de la ley n°98.15 relativa al seguro médico obligatorio (AMO) y de la ley 99.15 sobre la creación de un régimen de pensiones para los profesionales, autónomos y no asalariados que ejercen una actividad liberal, en lo que respecta a los dentistas.
Presentado por el ministro de Sanidad y Protección Social, este texto se elaboró con el fin de definir las modalidades de aplicación de las dos leyes mencionadas a los médicos dentistas, mediante disposiciones que estipulan la clasificación de estos médicos según la antigüedad, en tres categorías, a partir del inicio del ejercicio de la profesión: menos de 5 años, de 5 a 35 años completos y más de 35 años, dijo el ministro delegado encargado de Relaciones con el Parlamento, portavoz del Gobierno, Mustapha Baitas, durante una rueda de prensa posterior al Consejo.
En consecuencia, dicho texto fija la renta a tanto alzado de la primera categoría en 3 veces el valor resultante de la multiplicación del salario mínimo interprofesional garantizado en las actividades no agrícolas, determinado en virtud del artículo 356 de la ley n° 65.99 del Código del Trabajo, durante el período anual normal de trabajo en las actividades no agrícolas previsto en el artículo 184, y en 4 veces el valor anteriormente mencionado para la segunda categoría, mientras que el mismo valor se determina en 3 veces para la tercera categoría, explicó Baitas.
También designa al Ministerio de Salud y Protección Social como organismo de comunicación responsable de proporcionar a la Caja Nacional de Seguridad Social (CNSS) las informaciones sobre los dentistas, concluyó.